Sociedad Chilena de Medicina Familiar

Declaración Pública de la Sociedad Chilena de Medicina Familiar

La Sociedad Chilena de Medicina Familiar manifiesta públicamente su preocupación y rechazo al proyecto de ley que pretende anular el sistema de evaluación de competencias médicas vigente en Chile, suspendiendo por un lapso de dos años la exigencia del examen EUNACOM y la certificación de especialidades médicas. Al constituir un requisito para la contratación de médicos en hospitales públicos y centros de salud municipales, dichos instrumentos representaron un avance fundamental en la determinación objetiva de un piso mínimo que permita cautelar que los médicos egresados de universidades chilenas y de universidades de otros países estén efectivamente capacitados para el ejercicio profesional en el país.

Al respecto, la Sociedad Chilena de Medicina Familiar sustenta esta profunda convicción en base a los siguientes considerandos:

  1. El Estado tiene la obligación ineludible de velar por la calidad integral de la atención de salud que se otorga a las personas y a la población en su conjunto, en todos los niveles de atención del sistema de salud, tanto en la práctica clínica general como de especialidad, ambulatoria y cerrada, en los ámbitos público y privado.
  2. El incremento observado en las últimas décadas del número de Universidades que ofrecen la carrera de medicina y, consiguientemente, del volumen de egresados, formados a través de distintas mallas curriculares y en campos clínicos muy diversos, así como el importante flujo migratorio de médicos extranjeros, obligaron a implementar el EUNACOM, como un instrumento de medición de conocimientos y competencias mínimas necesarias para ejercer la profesión médica en el país.
  3. Entre los médicos titulados en universidades de otro países, se ha observado un desempeño preocupantemente heterogéneo en el examen EUNACOM, y no se dispone de ninguna herramienta que garantice la existencia de mecanismos idóneos y efectivos de tuición de la calidad de la educación médica. Además, los planes de estudios de las escuelas de medicina tienen pertinencia para los perfiles epidemiológicos y sociodemográficos de sus respectivos países.
  4. En la mayoría de los países de la OCDE operan mecanismos estrictos y objetivos para verificar la calidad de la formación de los médicos que se integran a la práctica profesional, especialmente en lo relativo a los problemas de salud prevalentes en el país y las respectivas normas y protocolos de manejo.
  5. Los decretos Nº 4 y N°6 de 2020 del Ministerio de Salud, sobre Alerta Sanitaria por la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote pandémico de Covid-19, establecen que en situaciones de excepción las autoridades en salud están facultadas para contratar temporal y excepcionalmente a médicos que no hayan aprobado el EUNACOM.
  1. En este contexto, la Sociedad Chilena de Medicina Familiar estima que no existe necesidad alguna de promulgar un nuevo instrumento jurídico como la Ley propuesta, la que puede constituir un riesgo de retroceso en los avances logrados para salvaguardar la adecuada calidad de la atención médica como un derecho de los ciudadanos de nuestro país.

La Sociedad Chilena de Medicina Familiar reitera el compromiso de sus asociados con nuestros conciudadanos y sus familias, en pro de una atención integral de salud, técnicamente apropiada, que evite o minimice al máximo los eventuales riesgos ligados al ejercicio clínico, desde una perspectiva que integra los aspectos biológicos, familiares, comunitarios y sociales del proceso salud-enfermedad.

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